El Intendente Alejandro Páez, haciendo uso de
los Artículos pertinentes de la Carta Orgánica Municipal y en el de las
atribuciones que le reviste la misma, intimo a través de Carta Documento a la
Secretaría de Minería de la Provincia y a Minera Agua Rica para que en los
plazos de 15 días y 72 hs. Respectivamente remitan al municipio informes
sobre proyectos mineros relativos a Minas de PRIMERA Y SEGUNDA CATEGORÍA
EXISTENTES EN EL MUNICIPIO DE ANDALGALA, sea que se encuentren en etapa de
exploración, explotación o cualquier otra. Asimismo remitir ESTUDIO/INFORME DE
IMPACTO AMBIENTAL, sobre todos los proyectos que pretendan desarrollarse en el
territorio, en particular AGUA RICA; FILO COLORADO y BAJO EL DURAZNO.
Asimismo y ante la posibilidad de producir daño ambiental en términos de
la Ley 26.639, se intima a esta Secretaria a ABSTENERSE de otorgar
permisos de EXPLOTACION Y EXPLORACION o cualquier otra actividad
contemplados en los términos de la Ley hasta que no se haya realizado la
AUDITORIA AMBIENTAL, en términos fijados POR LA Ley ya mencionada. En
cuanto a MINERA AGUA RICA para que envié INFORME DE IMPACTO
AMBIENTAL, realizado por la empresa respecto de la existencia de GLACIARES Y
AMBIENTE PERIGLACIAR, entendidos en los términos de la Ley 26.639, en el
territorio sujeto a concesión minera y asimismo dado el conocimiento de la
existencia de glaciares y ambientes peri
glaciares, según informe de técnicos contratados por el
Municipio, se intima a dicha Empresa se ABSTENGA de realizar actividades en el
territorio, descriptas en el artículo 6° de la Ley 26.639, hasta tanto no se
realice la auditoría ambiental prevista en el Art. 15 de la misma Ley. Cave
señalar que el Intendente enviará copia de las Cartas Documentos aviadas
para que los Ediles tomen conocimiento y la documentación adquiera estado
parlamentario.
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